Conocé que actividades no podrás realizar
A 48 horas de la apertura de mesas de las PASO, empezó a regir la norma establecida por el Código Nacional Electoral.
¿Qué prohibe la veda electoral?.La veda electoral prohíbe a los precandidatos a realizar actividades de campaña, según lo establecido por el Código Nacional Electoral. De acuerdo al artículo 64 bis de la citada norma, la campaña electoral «finaliza 48 horas antes del inicio del comicio».
¿Qué podes realizar en estos dos días?
El apartado 71 del Código Electoral establece que dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de «realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo» a las 18:00 del próximo domingo.
Tampoco se podrá «publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre». La ley no abarca a las redes sociales que se encuentran fuera de la veda ya que no existían cuando se creó el Código Nacional Electoral y cayeron en un vacío legal.
Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización están prohibidos los espectáculos populares al aire libre como en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas, como toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
En paralelo, la veda afecta a la venta en supermercados, ya que queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado, 12 horas antes de la apertura de las mesas, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva. En bares o restaurantes tampoco se puede vender alcohol.
Aquellos ciudadanos que no acatarán las normas podrían ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.