Quién controla en Florencio Varela la aplicación de los descuentos de IVA en los precios de los productos de la canasta básica dispuestos por el Gobierno Nacional para cuidarlos bolsillos de todos los ciudadanos varelenses, pues hasta el cierre de esta edición desde el Municipio no hubo información sobre el candente tema.
Este relevamiento debería ser supervisado por la comuna local, mediante sus áreas especificas como Gobierno e Industria, y los vecinos recurrir si no se cumple con la norma a la eficaz Dirección de Defensa al Consumidor , organismo que debe actuar ante cualquier diferencia entre el precio que figura en la góndola y el del ticket emitido, y así proteger la economía de la ama de casa y por ende a toda comunidad varelense.
No hay ningún informe desde el organismo municipal donde debe basarse en el relevamiento en distintos supermercados de la Varela y también por supuesto a los más de 100 mercados chinos y las grandes cadenas, verificando su cumplimiento.
Respecto a los supermercados chinos, desde la Cámara Empresarial de Desarrollo Argentino y Países del Sudeste Asiático (CEDEAPSA) se informó que también responden a la implementación, indicaron en un comunicado a la prensa.
Qué productos se encuentran excluidos del IVA
Son 13 productos de la canasta básica
El gobierno nacional eliminó el Impuesto al Valor Agregado ( IVA), que grava a los productos en un 21%, a 13 alimentos de la canasta básica hasta fin de año, a través del decreto 567/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El mismo determinó que la venta de estos 13 productos de la canasta alimentaria estará alcanzada por una alícuota equivalente al 0% en el IVA. ¿Qué porductos se verán alcanzados por la nueva medida?
-aceite de girasol maíz y mezcla
-arroz
-azúcar
-conservas de frutas
-hortalizas y legumbres
-harina de maíz
-harinas de trigo
-huevos
-leche fluida entera o descremada con aditivos
-pan, pan rallado y rebozador
-pastas secas
Yerba mate, mate cocido y té
-yogur entero y descremado
El decreto precisó que la medida comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.
La norma establece que el Ministerio de Producción y Trabajo está facultado para intervenir en los mercados «en los casos en que su funcionamiento perjudique la lealtad comercial, el bienestar de los usuarios y consumidores y el normal desenvolvimiento de la economía de acuerdo a los objetivos del desarrollo nacional».