El Tribunal Oral Criminal 1 varelense, con los votos de las magistradas María Constanza Fonrouge y María Florencia Butierrez, resolvió favorablemente la acción de habeas corpus colectivo presentada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) en favor de las mujeres detenidas en los pabellones 1, 2 y área de separación de convivencia (SAC) de la Unidad Penal 54 de ese distrito, en virtud del agravamiento de las condiciones de detención: hacinamiento, sobrepoblación, aislamiento y encierro extremo, mala alimentación y condiciones materiales deficitarias, entre otras cuestiones que ponen en riesgo la vida de las mujeres allí alojadas. La acción judicial surgió luego del monitoreo que el organismo -en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura- llevó a cabo en el establecimiento carcelario del Servicio Penitenciario Bonaerense.
Se trata de un fallo que reconoce casi la totalidad de lo denunciado por la CPM en la acción original, que atiende las condiciones de alojamiento y el régimen de vida al que están expuestas actualmente las mujeres alojadas en los pabellones 1, 2 y SAC de la UP 54.
En general, se registró falta de talleres de oficio y actividades recreativas, vinculadas a la falta de talleristas, recursos humanos y económicos (son las propias detenidas quienes se ocupan de desarrollar actividades y actualmente cuentan solo con una profesora de educación física), déficit de seguimiento y control de la medicación psicofarmacológica, y falta de evaluación médica, odontológica y de salud mental.
Asimismo, las condiciones de contención socioafectivas vinculadas al trato, carecen de aspectos vinculados a la perspectiva de derechos, con rasgos deshumanizantes y de características alienantes.
En este marco, se determinó la necesidad de efectuar la readecuación del sistema eléctrico (ampliación y corrección de la instalación existente para colocación de nuevos tomacorrientes) en los pabellones 1 y 2, reacondicionamiento de sanitarios (reparación de duchas y griferías), tareas de pintura y reparación de aberturas del pabellón de resguardo físico (SAC), además del reacondicionamiento del sistema de calefacción central de todos los sectores mencionados.
Por último, la falta de controles y atención médica fue constatada en el marco de la pericia ambiental ordenada por el tribunal.(Fuente agencia andar)
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