Mediante la Decisión Administrativa 995/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó nuevas actividades en Florencio Varela y en varios municipios bonaerenses.
Esto habilita nuevas excepciones al «cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las actividades, servicios y profesiones» que se autorizaron.
Según la mencionada decisión administrativa en Florencio Varela se habilitó a partir del día de la fecha las siguientes actividades:
– Servicios inmobiliarios – Profesionales y técnicos: abogados, contadores, arquitectos, escribanos, gestores, agrimensores, profesionales y técnicos en seguridad e higiene laboral – Servicios contables.
– Arquitectura e ingeniería.
– Escribanía – Kinesiólogos – Podólogos – Nutricionistas y fonoaudiólogos – Agencia de remises – Electricistas, gasistas, plomería, electricidad, albañilería, pintores, jardineros, pileteros, herrerías – Lavadero de autos – Matafuegos (recarga, revisión) -Venta y reparación de automotores, motocicletas, bicicletas – Venta minoristas de materiales eléctricos – Pinturería – Madereras – Aberturas – Cerámicas – Viveros – Lubricentros – Ortopedias – Fabricación de calzado – Fabricación de indumentaria – Industria química y petroquímica – Fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipo – Fabricación de productos minerales no metálicos (Fabricación de ladrillos).
En todos los casos y para preservar la salud de los trabajadores y trabajadoras, deben cumplirse estrictos protocolos sanitarios y ninguno de las personas afectadas o involucradas a las nuevas actividades podrán acceder a los lugares habilitados utilizando el servicio público del transporte de pasajeros, y su traslado deberá ser garantizado por las empleadoras y empleadores.
Por su parte, y en el marco de la Decisión Administrativa N° 919/20, que exceptúa del «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y de la prohibición de circular al personal afectado a las agencias oficiales de lotería, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, se decretó habilitar el funcionamiento de las mismas en el partido, de lunes a sábados de 9 a 18 horas.
La mencionada actividad deberá ajustar su funcionamiento al protocolo sanitario establecido por el Instituto provincial de Lotería y Casinos, y los empleadores y empleadoras deberán garantizar y proveer el uso del transporte privado particular de cualquier tipo y/o servicio de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, taxis ó remises, evitando en consecuencia el uso del servicio público de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades.